¿Qué son los derechos humanos?
Por Miguel Á. Linares


En los últimos años, el tema de lo derechos humanos ha llamado poderosamente la atención de académicos, legisladores, juzgadores, funcionarios y, sobre todo y más importante que nada, de los ciudadanos. La gente está cada vez más consciente de que tiene derechos pero pocasveces conocemos con exactitud qué son, ante quién se puede exigir su garantía  o quienes podrían transgredir dichos derechos.

Mi objetivo a través del presente artículo es explicarte a tí, lector, qué son los derechos humanos desde distintas perspectivas para que, con esa explicación, puedas construir una idea propia sobre qué son los derechos humanos.

Los derechos humanos pueden ser concebidos grosso modo desde dos grandes aristas. En la primera de ellas, se les considera como cualidades inherentes a la persona; esto es, por simple hecho de pertenecer a la especie humana, somos poseedores de una serie de prerrogativas mínimas que garantizan nuestra digniddad humana. Estas prerrogativos o derechos, puesto que son naturales a los seres humanos, son también anteriores a la existencia del Estado por lo que no se necesita que el Estado a través de su Constitución o alguna ley diversa reconozca los mismos para garantizar su respeto y cumplimiento.

Existe una segunda vertiente que considera que los derechos humanos, por el contrario, son derechos subjetivos públicos, pero, ¿qué es eso? Bien, un derecho subjetivo es aquella facultad o potestad que otorga una norma jurídica a la persona para exigir algo, dentro de una relación jurídica, de otra persona. Me explico con un ejemplo: Cuando dos personas celebran un contrato de compra venta, el comprador por disposición del código civil tiene derecho a recibir del vendedor el bien que haya adquirido a través de dicha compraventa, mientras que el vendedor tiene derecho a recibir del comprador el pago correspondiente. Ahora, estos derechos subjetivos adquieren la calidad de públicos cuando él sujeto obligado a otorgar algo a la persona es el mismo Estado. Es así que los derechos humanos se convierten en una prerrogativa que tiene la persona por mandato de una norma (en este caso sería la Constitución) y que es exigible ante el Estado, quien tiene el deber de garantizar su respeto y cumplimiento.

Estas concepciones de los derechos humanos son propias de dos corrientes dentro de la filosofía jurídica: la primera esta basada en una corriente iusnatrualista mientras que la segunda lo está en una iuspositivista.

En México prevaleció por mucho tiempo la corriente iuspositivista que consideraba que los derechos debían estar plasmados en la Constitución como muestra del reonocimiento del Estado o simplemente no existía. A raíz de las reformas en materia de derechos humanos acaecidas en 2011, dicha posición ha sido paulatinamente matizada puesto que ahora los derechos ya no son otorgados por el Estado (corriente positivista) sino que son reconocidos por el mismo (versión naturalista puesto que al usar el término "reconocer" está estableciendo su existencia previa); ademas, se reconocen derechos que pueden no estar contenidos en la Constitución sino en otro tipo de instrumentos, por ejemplo, los tratados internacionales.

Dicho lo anterior, el lector se encuentra en posibilidad de analizar qué visión sobre qué son los derechos humanos le convence más. Lo invito a pensar fuera de la caja: el que hoy la tendencia sea una, no significa que sea la correcta o definitiva. Busquemos razones, argumentemos, propongamos y construyamos un criterio propio.


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